STOLBIZER PRESENTÓ ESTA MAÑANA, RECURSO DE CASACION CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE APARTÓ AL JUEZ BONADÍO
17/07/2015. La candidata a Presidenta de PROGRESISTAS, Margarita Stolbizer, presentó esta mañana de conformidad con lo dispuesto por los art. 456 y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación, un recurso de casación contra la resolución dictada el día 16 de julio del corriente, mediante la cual se dispone la nulidad de ciertos actos y el apartamiento del juez natural de la causa, Dr. Claudio Bonadío.
Motiva la presentación de Stolbizer la evaluación de que el fallo de la Cámara vulnera normas constitucionales que garantizan el debido proceso. Dice el Art. 18 CN (primera parte): ¨ Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa. Nadie puede ser obligado a declarar contra si mismo. Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos…¨.De esto surge que, entre las garantías procesales, la Constitución consagra el principio del juez natural. Con el apartamiento del juez Bonadio, se afecta esta garantía fundamental, con una medida manifiestamente desmedida y arbitraria.
La Sala I solamente debía expedirse sobre la validez jurídica de la consulta del Juez a los peritos de la corte. Aún reconociendo las atribuciones para rever y declarar nula esa medida, la decisión del apartamiento del juez es desmesurada y arbitraria, y demuestra la intención de aplicar una sanción política al juez que tres días antes llevó adelante un procedimiento para obtener información sobre las sociedades de la familia Kirchner. En Argentina se va instalando el mensaje sobre los peligros que implica investigar al poder.
Las presiones sobre el juez, al punto de su apartamiento, son la confesión de la responsabilidad que tiene la Presidenta por las irregularidades en el manejo de sus negocios privados y la imposibilidad de justificar sus aumentos patrimoniales.
La Presidenta consiguió que los jueces le caben un túnel de 1500 metros para huir de la causa. Es el túnel de la impunidad. A la causa de lavado, decidieron plancharla. Lavado+planchado= Impunidad.
El fallo de la Cámara pone en riesgo la continuidad de la causa. Cabe agregar que el juez lleva meses de intensa investigación, la cual pasa a fojas cero después de esta medida. Pero no me voy a quedar de brazos cruzados. Voy a sostener la apelación en mi carácter de denunciante y de querellante. Hay que asegurar que la ley en Argentina sea pareja para todos. Si la presidenta no tiene nada que esconder que muestre sus papeles y terminen de poner obstáculos de todo tipo para que la justicia pueda investigar.
La sentencia recurrida se dicta a 3 dias de las medidas llevadas a cabo por el Juez Claudio Bonadio en la sede fiscal de la empresa Hotesur, las empresas que la administran o administraron (Valle Mitre e Idea) y en otras empresas y bancos de Santa Cruz. Stolbizer presentó hace menos de un mes una aplicación de la denuncia original, para que se investiguen las imprecisiones que surgen de las declaraciones juradas de la Dra.Cristina Fernández de Kirchner; en particular, la existencia de testaferros o sociedades «pantalla» para encubrir a los verdaderos dueños de los negocios hoteleros y la posibilidad de que éstos puedan a su vez encubrir otros delitos.
Al mismo tiempo, señala Stolbizer, hace solo algunos meses la misma sala había resuelto ratificar al juez en la causa, rechazando los mismos argumentos que utilizo la defensa de Hotesur en el pedido de nulidad que se resolvió en la sentencia que aqui se impugna: se alegaba una supuesta parcialidad del juez. ¿Que motivó a los jueces a cambiar de postura en tan poco tiempo? En febrero ratificaron a Bonadio porque entendieron que lo que planteaba la defensa de Romina Mercado era una simple discrepancia con la dirección asignada al curso de la investigación o al juez como director del proceso. ¿acaso la designacion de unos consultores que orienten en los puntos de la pericia no son atribuciones del juez?