Abogada – Política – Diputada Nacional

UNA PRIMERA OPINIÓN SOBRE LA PROPUESTA DE REFORMA A LA LEY DE INTELIGENCIA

Compartir
Compartir
Compartir

Margarita Stolbizer
1 Sobre la oportunidad:

Como ya lo hemos dicho, se trata de una maniobra para distraer atención, cambiar los ejes del debate público y eludir responsabilidades propias.

Sin duda es necesario reformular el sistema de inteligencia, pero no puede hacerse al apuro. Tal como fue sancionada la ley, con amplio consenso político, así debería aprobarse cualquier reforma. Con una previa consulta a expertos y una información acabada sobre el funcionamiento actual, integrantes y todos los elementos de análisis acerca de las dificultades, sospechas o irregularidades que se hayan detectado. Ayer el PEN publico en el BO un decreto de actualización del escalafón salarial del personal de inteligencia, hablando del rol que cumple la secretaría. Existen muchas contradicciones.

El gobierno debería ante todo rendir cuentas de la gestión ya que han manejado la SIDE y la SI con funcionarios de extrema confianza. Y deberían explicar el por qué del reciente relevamiento de la cúpula y de las reformas propuestas.

Pero de ninguna manera este debate puede servir para eludir las respuestas que se requieren de los funcionarios del gobierno acerca de la denuncia y de la muerte del fiscal Nisman, al que hemos calificado como un «crimen de estado» entre otras cosas por tener implicados a agentes estatales.

2 Sobre el procedimiento para su tratamiento:

El oficialismo vuelve a hacer abuso de su mayoría parlamentaria para aprobar en tramite exprés un proyecto que requiere mucho más debate, información y consultas.

Convoca a sesiones extraordinarias, como una respuesta equivocada a la grave crisis institucional devenida como consecuencia de la denuncia presentada por el Fiscal Nisman sobre la existencia de un plan criminal para permitir a los sospechosos iraníes eludir la acción de la justicia nacional, habiendo puesto en cabeza del mismo a la propia presidenta y su canciller.

Es necesario abrir espacios de debate abierto, publico, amplio, convocando a expertos, académicos, etc. y poner el tema en la agenda regional del Mercosur porque también la acción de la inteligencia debe reconocer un ámbito de interacción y acuerdos regionales.

3 Sobre el contenido del proyecto:

La primera impresión es que se trata solamente de una mano de maquillaje simulando un cambio que en realidad no existe. Se mantiene el personal, la estructura, los bienes, etc. Se trata solamente de un cambio de nombre (de Secretaria a Agencia).

Uno de los aspectos más cuestionables está relacionado con Observaciones Judiciales (ámbito de competencia sobre las escuchas telefónicas).

Al respecto:

a) es correcto que esta tarea salga del área de inteligencia. No debería ser un tema de su incumbencia la realización de escuchas que siempre deben provenir de una orden judicial. Por lo tanto, parece razonable que la actividad sea controlada y manejada en el Poder Judicial y por ende, debería depender directamente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

b) la decisión de transferir esta actividad a la dependencia de la Procuración General cuya titular es Gils Carbó, merece una doble objeción: desde lo político, es una funcionaria cuestionada (y denunciada) por manejos irregulares y por su funcionalidad directa y política con el PEN. Gils Carbó recibe un pedido de escucha sobre un ministro o sobre la presidenta, se descuenta que lo primero que hará será avisar. Pero aún desde lo jurídico es reprochable: Porque la procuración representa a una parte en el proceso penal (a los fiscales, la parte acusadora) y si esta parte maneja una prueba tan central y peligrosa como son las escuchas, eso establece un total desequilibrio frente a la otra parte (la defensa). Es como si el cuerpo de peritos forenses dependiera de los defensores, o de los fiscales.

c) el proyecto no tiene en cuenta una realidad fáctica que es quienes son los que prestan servicios telefónicos en nuestro país; empresas privadas, algunas extranjeras, que no tienen ningún tipo de control en este aspecto y no hay regulación alguna que permita ejercer ese control. Esas empresas multinacionales son las que derivan los pedidos de escuchas. ¿Qué garantías existen sobre ese servicio y sobre la fidelidad de sus empleados? Debe hacerse un estudio técnico sobre localizaciones y escuchas en los aparatos de telefonía móvil que se encuentran en absoluta expansión.

Otra omisión muy notable que tiene la ley es que nada se dice sobre los servicios de inteligencia militares y policiales, que dependen funcionalmente de la Secretaria. Estos servicios han sido usados (por el gobierno) de manera ilegal y nada en el proyecto permite inferir que será diferente luego de la ley. Qué se piensa de la inteligencia de las fuerzas armadas que hoy tiene permitido hacer actividades de espionaje interno, y el alto presupuesto y atribuciones que tiene el actual jefe del ejército.

Del mismo modo deberían establecerse parámetros diferenciados para la inteligencia interior y exterior, que también es competencia de la SI.

Hay que tener mucho cuidado con la definición actual de contrainteligencia. ¿Cuáles son los límites? ¿qué actividades son consideradas peligrosas, cuáles constituyen riesgos y amenazas?, ¿las movilizaciones sociales, los ambientalistas, los pueblos originarios?.

Otro punto es que debe quedar mucho más claro la normativa respecto del personal, su incorporación, sus requisitos de admisibilidad, profesionalismo, transparencia, formación, actualización, equipamiento, concepto de empleo, etc.

El proyecto tiene demasiados blancos y por eso no se puede considerar tan livianamente una reforma de esta manera, sin discusión profunda, sin consultas, imponiendo mayorías y al apuro.

Con respecto a la Comisión Bicameral de seguimiento de organismos y actividades de control debería quedar en manos de la oposición, en presidencia y en composición de mayoría.

Es todo por ahora, primeras consideraciones que ampliaré en los próximos días.

Saludos. Marga.