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CAUSA HOTESUR: MAÑANA CASACION DECIDIRÁ EN AUDIENCIA PÚBLICA SI ACEPTA A STOLBIZER COMO QUERELLANTE

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tribunales de Comodoro Py
8 DE MARZO.
Este miércoles 9 marzo a las 11 horas, la Cámara de Casación Penal en los tribunales de Comodoro Py, recibirá el alegato de la Diputada Margarita Stolbizer que reclama ser aceptada como querellante en la causa Hotesur en la que se investiga los negocios hoteleros de la familia Kirchner. La audiencia será pública, frente a tres jueces, y también están convocados los abogados de los denunciados (Hotesur, Lazaro Baez y Sanfelice) y el fiscal Carlos Stornelli. Ese mismo día, la Cámara decidirá si permite como querellante a la diputada, lo que le permitirá tener acceso a la causa y posibilidad de pedir medidas de prueba.

En la Causa HOTESUR están imputados la ex presidenta Cristina Fernandez de Kirchner, su hijo Máximo, Lazaro Baez y Romina Mercado, entre otros.
Por otra parte, la diputada presentó esta mañana un proyecto para que incorporar en el Código Procesal Penal de la Nacional la posibilidad de que cualquier ciudadano pueda constituirse en parte querellante en procesos donde se investiguen delitos contra la Administración pública y que afecten intereses colectivos o difusos.

La propuesta de la Diputada Stolbizer forma parte de una serie de iniciativas que espera debatir en el Congreso en este año, como mecanismos para la prevención y sanción de los delitos de corrupción. La participación ciudadana a través del reconocimiento del derecho de los particulares cuando se investiga la conducta de funcionarios que atenta contra la administración pública, es una de las herramientas que garantiza también una mayor eficacia en los procesos judiciales.

Muchas de las denuncias por delitos contra la administración pública fueron realizadas por ciudadanos y no por los órganos competentes del Estado. El ciudadano, en tanto contribuyente que paga los impuestos con los que los funcionarios públicos son remunerados, debe disponer siempre de una acción en los casos de delitos que afecten al fisco o a la administración pública y, esto, como todo aquello que significa darles poder a los ciudadanos, es algo positivo, que no debe ser restringido sino alentado…” (“Introducción al Derecho Procesal Penal”, Ad Hoc, edición 2008, p.329/330).
El mismo ciudadano que promueve dicha investigación no debería quedar fuera del proceso por un impedimento de tipo formal. Los mecanismos de democracia semidirecta deben promover un mayor involucramiento de la sociedad en las cuestiones del ámbito público y un mayor control y participación garantiza procesos transparentes y mejores resultados de gestión.

Por su parte, nuestro país por ley 24.759 (BO del 17/1/97) aprobó lo dispuesto en la Convención Interamericana contra la Corrupción, en donde los Estados parte se comprometieron a combatir la corrupción en todas sus formas, realizando los esfuerzos que resulten necesarios para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción en el ejercicio de las funciones públicas.

La corrupción suele verse como un mal que aqueja a la sociedad, pero pocas veces es vista como una violación clara a los derechos humanos. Se suelen pensar los delitos de corrupción como económicos sin mirar la vinculación que tienen con la vulneración de derechos esenciales. La corrupción es considerada uno de los mayores obstáculos en el cumplimiento de la obligación estatal de promover y proteger a los derechos humanos. Por otro lado, la corrupción también afecta más a los sectores vulnerables en cuanto a la clara desventaja a la hora de defender sus intereses. Así se termina por reforzar la exclusión social a la que están expuestos. En general, cuando en un país hay altos niveles de corrupción, las personas no tienen un real acceso a la justicia.
En síntesis, si existe corrupción, el Estado no estará cumpliendo con sus deberes de protección y garantía en el marco de los derechos humanos.

La Diputada defenderá mañana este derecho en la audiencia convocada por la Cámara de Casación y promoverá luego en el Parlamento las reformas necesarias en los instrumentos legales para combatir más eficazmente los delitos de corrupción.