Abogada – Política – Diputada Nacional

Desafuero de CFK

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26/03/2018. Memorándum de Entendimiento con Irán.
«No se puede ser juez y parte. Los senadores que deben resolver el desafuero de la senadora Fernández de Kirchner podrían ser investigados e imputados en la misma causa por la responsabilidad que les cabe habiendo aprobado el Memorándum para liberar a los iraníes y garantizarles impunidad».

Margarita Stolbizer presentó hoy una nota a la Presidenta del Senado de la Nación, Gabriela Michetti y al Presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Dalmacio Mera, indicando que los legisladores que votaron a favor del Pacto con Irán están inhabilitados para pronunciarse en el pedido de desafuero de la Senadora Cristina Fernández, teniendo en cuenta que algunos de ellos mismos podrían llegar a ser investigados y/o imputados en la misma causa, atento las responsabilidades que se investigan como parte del encubrimiento de los responsables iraníes del atentado a la AMIA.

En su calidad de Presidenta de la Asociación Civil Bajo la Lupa, Stolbizer se enmarca en el acuerdo secreto de kirchnerismo con el país asiático, llamado Memorándum de Entendimiento, que fue firmado por Argentina e Irán. «El mayor cuestionamiento que pesa sobre el valor de ese acuerdo se relaciona con la decisión de sustraer a los imputados de la acción de la justicia argentina para someternos a una revisión a cargo de una Comisión especial por fuera de ese ámbito, así como el levantamiento de las órdenes de detención internacional emitidas a través de las alertas rojas mediante la inmediata comunicación a Interpol», expresó.

Según la ex legisladora, «pese a que el Memorándum contemplaba que ambos países se comprometían a girar el acuerdo a los sendos parlamentos para su aprobación, Irán no lo hizo en ningún momento, y en Argentina, por expresa disposición y directiva impartida por la entonces presidenta Fernández de Kirchner, el proyecto fue rápidamente enviado a la Cámara de Senadores y luego a la de Diputados, en donde tuvo una rápida sanción para su promulgación posterior por la titular del Poder Ejecutivo. No caben dudas que tanto el Poder Ejecutivo, como Legislativo tuvieron una acción positiva en la invasión de las atribuciones jurisdiccionales, dando vigor al acuerdo, primero con su firma y luego con la ratificación parlamentaria. De aquí surge la decisión judicial de ampliar la investigación hacia la determinación de la amplia responsabilidad que cabe sobre todos aquellos que fueron parte del grave acto de encubrimiento».

«La aprobación del pacto con Irán fue una orden directa de la ex presidenta a sus legisladores y hoy, quienes deben votar el pedido de desafuero realizado por el magistrado, son muchos de los mismos senadores que acataron las órdenes de CFK y fueron partícipes de la maniobra por la cual está procesada».

Cabe recordar que el Dr. Bonadío dictó el procesamiento a Cristina E. Fernández de Kirchner, Héctor M. Timerman, Eduardo Zuain, Oscar Parrilli Carlos A. Zannini, Angelina M. E. Abbona, Juan M. Mena y Andrés Larroque. Lo mismo se resolvió con relación a Jorge A. Khalil, Luis A. D´Elía y Fernando Esteche. A estas personas se las procesó por haber participado de una maniobra delictiva que lograría la impunidad de los ciudadanos de nacionalidad iraní que fueron imputados como responsables del atentado perpetrado el día 18 de julio de 1994 contra la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina , según lo resuelto en la investigación realizada en la causa N° 8.566/96 del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 6, en desmedro de los intereses de los afectados y del esclarecimiento del atentado. Pero no fueron solamente las acciones de estas personas, sino que la aprobación parlamentaria del acuerdo fue determinante para el levantamiento de las alertas rojas que constituía la mayor preocupación del gobierno iraní. De ahí, la responsabilidad compartida que habrá de investigarse en cabeza de los legisladores que lo aprobaron.

Así como los jueces deben inhibirse de actuar en causas en las que tuvieren un interés directo, del mismo modo, los senadores que tienen el interés en el resultado del mismo proceso en el que podrían quedar involucrados, deben estar impedidos o inhabilitados para actuar en la consideración del desafuero solicitado por el juez Bonadío. Stolbizer considera que deben quedar inhabilitados para votar afirmativa o negativamente el pedido de desafuero de la senadora Fernández de Kirchner, todos los senadores que en igual cargo o siendo diputados en febrero del 2013, aprobaron el Memorándum firmado entre la República Argentina y la República Islámica de Irán. Y hace expresa reserva de solicitarlo judicialmente si el Senado actuara de manera contraria a lo indicado. El impedimento debe regir tanto para la Comisión de Asuntos Constitucionales como para la votación de la Cámara en plenario.

«El Congreso de la Nación no es una guarida para quien haya delinquido. La protección constitucional que tienen los legisladores de ninguna manera los hace impunes. Lo que está en discusión es si todos los presuntos delincuentes deben responder ante la justicia o hay algunos que, por tener “chapa” de senadores o diputados, tienen un seguro. Nadie puede eximirse de responsabilidad por el hecho de estar sentado en una banca», finalizó.